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El BOE publica la ley que elimina la sedición y modifica la malversación, que entrará en vigor el 12 enero

María Rodríguez

2022-12-23
El
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante una sesión de control al Gobierno en el Senado, a 21 de diciembre de 2022, en Madrid (España). – Jesús Hellín – Europa Press

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes la ley orgánica aprobada ayer definitivamente por el Senado con la que se elimina del Código Penal el delito de sedición y se modifica el de malversación, una norma que entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el diario de leyes, es decir, el próximo 12 de enero.

Se trata de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso.

La norma aprobada deriva de la proposición de ley que impulsaron PSOE y Unidas Podemos, y que se ha tramitado en Congreso y Senado en apenas seis semanas y tenía como objeto principal suprimir el delito de sedición por el que fueron condenados los líderes independentistas del ‘procés’, para sustituirlo por un nuevo tipo denominado desórdenes públicos agravados, aunque también se añadieron otras medidas como el agravamiento de condena por ocultación de cadáver.

Cuando llegó el momento de presentar enmiendas al articulado en el Congreso, el PSOE y Unidas Podemos introdujeron otros asuntos como un nuevo delito de enriquecimiento lícito, al mismo tiempo que pactaron con ERC una modificación de las penas por malversación: cuando haya ánimo de lucro, manteniendo las penas actuales (de 2 a 12 de cárcel y 6 a 20 de inhabilitación); y dos tipos nuevos: uno sin ánimo de lucro para «usos privados» (de 6 meses a 3 años de prisión e inhabilitación de 1 a 4 años) y otro para cuando lo malversado va a un fin distinto al previsto (de 1 a 4 años de cárcel y 2 a 6 de inhabilitación).

El Pleno del Senado aprobó este jueves de forma definitiva la proposición de ley, pero sin las enmiendas que buscaban reformar el sistema de elección y llegada de los dos candidatos al Tribunal Constitucional que deben ser nombrados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ya que la corte de garantías las suspendió.

La reforma del Código Penal salió adelante en la Cámara Alta con la mayoría que suman PSOE, ERC, Bildu, PNV y Més per Mallorca. La rechazaron PP, Vox, Ciudadanos, UPN, Junts, PRC, Coalición Canaria, Teruel Existe, PAR y los dos parlamentarios independientes. Por su parte, Más Madrid, Geroa Bai y Compromís optaron por abstenerse.

Los grupos que sustentan al Gobierno –Unidas Podemos no tiene representación en el Senado– también rechazaron los cinco vetos presentados a la proposición de ley y todas las enmiendas parciales en la Cámara Alta.

Antes, en el Congreso secundaron la reforma los socios de coalición de Gobierno más ERC, PNV, PDeCAT, Más País y Bildu, pese a que la coalición abertzale había optado por abstenerse durante el trámite en la Comisión de Justicia. En el Pleno, la única abstención llevó la firma del diputado de Compromís, Joan Baldoví, quien había expresado sus dudas ante los cambios en el delito de malversación porque teme que pueda beneficiar a condenados por corrupción.

Votaron en contra Junts, la CUP, Coalición Canaria, BNG, Foro Asturias, Navarra Suma, Teruel Existe, el Partido Regionalista de Cantabria, Vox y la diputada del PP Valentina Martínez. Por su parte, PP y Ciudadanos decidieron no participar en la votación.

Esta proposición de ley incluía también una de las reivindicaciones históricas de la Abogacía Española, que el periodo vacacional navideño fuera inhábil para los juzgados y tribunales. Esta reforma afecta a la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y ya ha entrado en vigor, por lo que no tendrá que esperar hasta 2023.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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