El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rebajado una condena de la Audiencia de Girona por agresión sexual de seis años y medio a cuatro años y medio al revisarla por la aplicación de la ley de ‘solo sí es sí’.
La sentencia, consultada este miércoles por Europa Press, expone que cuando se le condenó la pena mínima por este delito era de seis años de cárcel, y los magistrados quieren «ser fieles» a los razonamientos del primer tribunal al condenarlo a la pena mínima más seis meses.
El hombre fue condenado en mayo de 2022 por una agresión sexual cometida el 20 de abril de 2019, cuando tenía 19 años y la víctima 18, al salir de una discoteca de Platja d’Aro.
Los dos, que eran amigos, compartieron un taxi para ir a dormir a casa de él, y allí él se fue hacia la habitación donde dormía la chica y la agredió sexualmente.
La primera sentencia también le había condenado por otro intento de agresión sexual a la misma joven, pero ahora la del TSJC lo absuelve de este intento de delito porque, como pasó en el mismo lugar y en un espacio de tiempo corto, el tribunal lo considera el mismo hecho.
Fuente: (EUROPA PRESS)