El primer oficial de un mercante ruso y el patrón de un pesquero han aceptado una condena por homicidio imprudente en el accidente entre las dos embarcaciones en Barcelona en marzo de 2017, en el que murieron dos tripulantes del pesquero.
En el juicio de este martes en el Juzgado Penal 16 de Barcelona, acusaciones y defensas han llegado a un acuerdo por el que el primer oficial del mercante ruso ha aceptado una condena de dos años de cárcel –en lugar de los cuatro que pedía la Fiscalía inicialmente– y tres años de inhabilitación para pilotar en la jurisdicción española –en lugar de seis años– por homicidio por imprudencia grave.
Por su parte, el patrón del pesquero –al que el fiscal no acusaba inicialmente pero sí la acusación particular– ha aceptado una multa de 450 euros por el delito de homicidio por imprudencia menos grave.
Tras este pacto que acusaciones y defensas han explicitado este martes, la sentencia del juzgado solamente deberá dirimir qué responsabilidad civil se exige a cada parte, algo en lo que los involucrados no han alcanzado un acuerdo.
El accidente ocurrió el 20 de marzo de 2017 después de que el mercante ruso de 137,62 metros de eslora abandonara el puerto de Barcelona con rumbo a Alejandría (Egipto).
CHOQUE Mientras lo comandaba el primer oficial, se dio cuenta de que un pesquero de 25,03 metros de eslora avanzaba por su derecha hacia el muelle de pescadores de Barcelona, ’’en rumbo de colisión y, a pesar de esto, mantuvo el rumbo y velocidad del mercante hasta que el choque fue inminente’’.
Entonces, hizo sonar las alarmas acústicas del mercante e hizo una maniobra de evasión que no evitó el choque con el pesquero, al que le causó una vía de agua.
El pesquero se tumbó, se inundó la cabina y se hundió, y a causa del impacto tres marineros cayeron al mar y quedaron sumergidos bajo la quilla del buque ruso: uno consiguió salir a la superficie pero los otros dos, de 33 y 36 años, murieron ahogados.
El reglamento de prevención de abordajes estipula que, en caso de riesgo de choque, el buque que tenga al otro por la derecha –en este caso, el mercante– debe mantenerse aportado y evitar cortarle el paso, y añade que el otro ’’puede actuar para evitar el abordaje con su propia maniobra’’ en cuanto se dé cuenta de que la nave que debería apartarse no lo está haciendo.
Inicialmente, el fiscal descartó acusar al patrón del pesquero porque el reglamento no fija su obligación de aportarse, sino que señala que ’’puede actuar’’, pero aun así el hombre ha aceptado la condena con la pena mínima porque no maniobró para evitar el choque.
Fuente: (EUROPA PRESS)