Los tribunales españoles han revisado ya al menos tres sentencias tras la aprobación de la ‘ley del solo sí es sí’ –impulsada por la ministra de Igualdad, Irene Montero– y han rebajado las penas de prisión a tres condenados por abusos sexuales a menores al considerar que la reforma del Código Penal resulta «más favorable al reo».
Este martes han trascendido varios casos en los que se han rebajado las condenas impuestas: en uno, los magistrados rebajan hasta cinco años de cárcel; en otro, disminuyen en dos años la pena de prisión impuesta en firme; y en un tercer caso rebajan en un año y tres meses la pena de cárcel.
El 7 de octubre, la Sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid ha revisado una sentencia emitida el pasado mayo en la que se condenaba a un hombre a ocho años de cárcel por un delito de abuso sexual a una menor de 16 años con acceso carnal.
En el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados han explicado que «siendo evidentemente más favorable la regulación actual debe aplicarse» y han rebajado en cinco años la pena impuesta a un condenado por abusos continuados a varios menores.
En este caso, los jueces han dejado sin efecto la condena por tres delitos de abuso sexual continuado al no ser constitutivos de delito con la nueva regulación, mientras que mantiene el resto de penas por abuso sexual y un delito de posesión de pornografía. La pena se fija en seis años y nueve meses de cárcel.
REVISIÓN FAVORABLE AL REO En otro caso, los magistrados de la Sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid han acordado revisar la pena impuesta a un hombre que fue condenado por sentencia firme en mayo de 2021. Han rebajado la pena «de ocho a seis años de prisión, que es más favorable al reo», según consta en un auto, fechado a 7 de noviembre y al que ha tenido acceso Europa Press.
Según la sentencia original, a la que también ha tenido acceso esta agencia, el 3 de abril de 2020 el hombre –de nacionalidad hondureña– abusó de la hija de su pareja sentimental, que en ese momento tenía 13 años. Aquel mismo día fue detenido por las autoridades.
Ahora, tras la ‘ley del solo sí es sí’, la Audiencia Provincial de Madrid ha explicado que lo que corresponde es reducir la pena de prisión impuesta. Los magistrados han precisado que en este caso se han tenido en cuenta las circunstancias del caso y del autor.
En este sentido, han recordado que en la sentencia original «se consideró prudente imponer el mínimo de la pena impuesta en ese tiempo». Así las cosas, han señalado que ahora «la revisión ha de producirse en los mismos términos»; es decir, se debe reducir la pena de prisión a seis años «con todas las consecuencias que le fueran favorables».
EL CGPJ AVISÓ El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) advirtió en febrero de 2021 en su informe preceptivo sobre el anteproyecto de dicha normativa que su aprobación provocaría la revisión a la baja de aquellas condenas en las que se hubiera impuesto penas máximas conforme a la regulación anterior.
El pasado agosto, el Congreso de los Diputados aprobó la Ley de Garantías de la Libertad Sexual, con los únicos votos en contra de PP y Vox y la abstención de CUP.