La asociación de víctimas Dignidad y Justicia (DyJ) pedirá a la Fiscalía del Tribunal Supremo (TS) que determine si los 44 etarras condenados que van en las listas electorales de EH Bildu para el próximo 28 de mayo incurren en las causas que establece la Ley de Partidos para ilegalizar formaciones políticas, según han informado fuentes jurídicas a Europa Press.
Las fuentes consultadas explican que el objetivo es que el Ministerio Público aclare si esos 44 candidatos encajan en el artículo 9.3.c) de la Ley de Partidos Políticos, según el cual un partido será declarado ilegal cuando incluya ’’regularmente en sus órganos directivos o en sus listas electorales personas condenadas por delitos de terrorismo que no hayan rechazado públicamente los fines y los medios terroristas’’.
DyJ cuestiona que esos 44 candidatos hayan rechazado los ’’fines y medios terroristas’’. El coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi, aseveró en la rueda de prensa ofrecida el martes que todos los miembros de EH Bildu que competían en estos comicios se adherían a la Declaración del 18 de octubre de 2021.
Por su parte, los siete condenados por delitos de sangre emitieron un comunicado en el que anunciaron que renuncian a concurrir a las elecciones ’’en la medida de los posible’’ –puesto que las listas electorales ya no pueden modificarse–, de modo que no asumirán las concejalías que pudieran obtener. Además, se dirigieron a las víctimas para afirmar que no quieren con sus ’’palabras ni acciones añadir jamás el más mínimo padecimiento al ya habido’’.
La ilegalización de un partido político compete a una sala especial del Tribunal Supremo pero, según la citada ley, el proceso solo puede iniciarse a instancias de la Fiscalía o del Gobierno. No obstante, la norma detalla que tanto el Congreso de los Diputados como el Senado podrán instar a su vez al Ejecutivo a que solicite la ilegalización de un partido político, quedando entonces obligado el Gobierno a hacerlo.
Fuentes del alto tribunal advierten, no obstante, de que ese artículo concreto parte de la premisa de que haya una actividad terrorista, circunstancia que actualmente no se da, puesto que ETA dejó las armas hace más de una década. En consecuencia, las fuentes preguntadas por Europa Press consideran difícil que en estos momentos pueda prosperar un proceso de ilegalización contra EH Bildu por estas 44 candidaturas.
VÍA CERRADA EN LA AN Dignidad y Justicia dará este paso después de que la Fiscalía de la Audiencia Nacional (AN) haya archivado este miércoles la denuncia y la ampliación de la misma que presentó la asociación de víctimas para que se investigaran esas 44 candidaturas.
En esa denuncia, DyJ ponía el foco en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), según el cual son inelegibles ’’los condenados por sentencia firme, a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena’’ y ’’los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de terrorismo (…) cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial’’.
La Fiscalía de la AN ha explicado que, para ’’un riguroso análisis de la denuncia, se han recabado las hojas histórico-penales de las personas condenadas a las que se hace expresa referencia’’. Y ha concluido que, tras estudiarlo, ’’no se aprecia la concurrencia de circunstancia alguna que permita atisbar (…) un supuesto de inelegibilidad de los previstos en el artículo 6.2’’.
El Ministerio Público ha apuntado además que los hechos tampoco tienen ’’trascendencia penal o constituyen un ilícito de esta naturaleza’’. ’’Por consiguiente, a la vista de los antecedentes penales de las personas reseñadas, se considera que los hechos denunciados no resultan penalmente típicos’’, ha añadido.
En consecuencia, y en un decreto de cuatro páginas, la Fiscalía de la AN ha acordado abrir y cerrar automáticamente la investigación por dicha denuncia, que ha estado a cargo del jefe del Ministerio Público en esta sede judicial, Jesús Alonso, y su ’número dos’, Marta Durantez.
Fuente: (EUROPA PRESS)