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El Gobierno eliminará la mayoría de tres quintos para elegir al CGPJ y garantizará la renovación del Constitucional

María Rodríguez

2022-12-09
El
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, interviene en la inauguración del acto de presentación del Pacto por la ‘Generación Digital’, en el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, a 30 de noviembre de 2022, en Madrid (España). – Gustavo Valiente – Europa Press

El PSOE y Unidas Podemos presentarán este viernes dos enmiendas a la reforma del Código Penal que se tramita en el Congreso para desbloquear el Constitucional y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), según ha avanzado este jueves eldiario.es.

La primera enmienda reformará la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial para cambiar la mayoría de tres quintos que debe sumar el CGPJ en la elección de los dos magistrados al Constitucional que le corresponden, de modo que ahora bastará con mayoría simple.

Según el citado diario, la modificación incluye un nuevo redactado del artículo 599.1.1ª de la ley del Poder Judicial para que en un plazo de cinco días hábiles, «los vocales del Consejo puedan proponer a la presidencia candidatos a magistrado del Tribunal Constitucional», con un máximo de un candidato por cada vocal.

Así, de acuerdo a la enmienda, cerrado el plazo de candidaturas, la persona al frente de la presidencia, «tendrá la obligación de convocar un Pleno extraordinario para proceder a la elección de los dos magistrados», que tendrá que celebrarse «en el plazo máximo de tres días hábiles desde su convocatoria».

En el pleno las candidaturas se someterán a votación de los vocales presentes, sin obligación de un quorum mínimo y una votación única que no tendrá carácter secreto. Así, cada vocal podrá votar a un solo candidato, resultando elegidos los dos magistrados que hayan obtenido un mayor número de votos, y no tres quintos de los emitidos, como ocurría hasta ahora, explica eldiario.es, que indica que el Gobierno cree que el bloqueo actual se resolvería en unos 11 días hábiles desde la publicación de la norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Además, para asegurar la renovación, se ha añadido una cláusula que indica que, en caso de que los vocales o el presidente del CGPJ insistan en el bloqueo, se incurrirá en responsabilidades «de todo orden, incluida la penal».

La segunda enmienda modificará la Ley Orgánica 2/1979 del Constitucional de modo que si pasados los 9 años y 3 meses de mandato de los magistrados propuestos por el CGPJ y por el Gobierno, «uno de estos dos órganos no hubiera realizado su propuesta», se procederá «a la renovación de los magistrados designados por el órgano que haya cumplido con su deber constitucional».

De esta manera, se termina con el debate sobre si la renovación por tercios, que en este caso es de dos elegidos por el Gobierno y dos por el máximo órgano de gobierno de los jueces, debe hacerse conjuntamente, y se elimina la necesidad de verificación por parte del Tribunal Constitucional de los nuevos magistrados.

También, se agrega un apartado al artículo 19 de la ley del Constitucional por la que el Congreso, Senado, CGPJ y Gobierno sean los que estén obligados a comprobar que los magistrados elegidos cumple con los requisitos, al tiempo que se estipula una nueva causa de cese, según la enmienda, «por no cumplir con los requisitos previstos en el artículo 159.2 de la Constitución».

Con estas enmiendas, el Ejecutivo asegura el desbloqueo de las designaciones del magistrado de la Audiencia Nacional y exministro Juan Carlos Campo y de la catedrática de Constitucional y ex directora general de Presidencia Laura Díez como nuevos magistrados del Tribunal Constitucional.

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