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Absueltos todos los acusados por el ‘caso Neymar 2’

María Rodríguez

2022-12-13
Archivo
Archivo – El delantero del Paris Saint-Germain Neymar Da Silva a su salida del juicio por el ‘caso Neymar 2’, en la Audiencia de Barcelona, a 18 de octubre de 2022, en Barcelona, Cataluña (España). – David Zorrakino – Europa Press

La sentencia de la Audiencia de Barcelona sobre el ‘caso Neymar 2’ ha absuelto a todos los acusados que fueron juzgados por presunta estafa y corrupción entre particulares en el fichaje del jugador para el FC Barcelona desde el Santos FC en 2013, según la sentencia publicada este martes y consultada por Europa Press.

Además de a Neymar, esta sentencia afecta a sus padres, a los expresidentes blaugranas Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu, al exvicepresidente del Santos Odilio Rodrigues, y como personas jurídicas a los dos clubes y a la empresa N&N, con la que el padre de Neymar representa al jugador.

El juicio en la sección 6 de la Audiencia de Barcelona empezó el 17 de octubre y acabó el 31 del mismo mes, y estuvo marcado por la retirada de todas las acusaciones del fiscal, que pidió absolver a los nueve enjuiciados dejando la causa sustentada solo por las acusaciones particulares del fondo Dis –propietario del 40% de los derechos federativos de Neymar– y la Federación de Asociaciones de Atletas Profesionales de Brasil (Faap), propietaria del 0,8%.

A partir de las pruebas aportadas al juicio el tribunal descarta que a Neymar se le ofreciera un soborno ni que él lo exigiera a cambio de fichar para el Barça, y zanja: «La acusación hace deducciones que no pasan de la mera sospecha. No son indicios de criminalidad».

El Barça y el Santos acordaron el traspaso de Neymar por 17 millones de euros y después del fichaje ambos clubes firmaron varios contratos y convenios: uno de 7,9 millones en derechos de preferencia sobre tres juveniles; otro de 4,5 millones para jugar dos amistosos y otro de 40 millones que firmaron Neymar y el Barça en 2011 como prima de fichaje.

Las acusaciones particulares sostenían que estos contratos enmascaraban parte del pago por el fichaje del delantero y ahora el tribunal constata que los contratos existieron pero descarta la tesis de Dis y no los considera delictivos, y remarca que el fondo cobró por el traspaso 6,84 millones que suponen el 40% de los 17 millones del fichaje que pactaron los dos clubes.

Por su parte, el Barça firmó hasta siete contratos con Neymar, su padre y sociedades representantes para el traspaso: le pagaron una prima de fichaje de 8,5 millones y se comprometieron a pagarle 45,9 millones durante los primeros cinco años de contrato.

«No alcanzamos a explicarnos la razón por la que Dis opta por la acción penal en lugar de reclamar ante la jurisdicción civil de Brasil», reprochan los jueces a la acusación, y añaden que, si Neymar incumplió su acuerdo con el fondo, esto no fue delictivo.

AUSENTARSE NO FUE UN «PRIVILEGIO»

Durante el juicio, tanto Neymar como el resto de los acusados estuvieron dispensados de estar en el banco de los acusados excepto para sus interrogatorios y para usar su derecho al último turno de palabra, en el que el jugador compareció por videoconferencia.

Los magistrados dedican una parte de la sentencia a justificar que esto supusiera «un privilegio» para los acusados y señalan que es una práctica habitual en su sala.

Apuntan que los acusados estaban en libertad provisional y que «con su presencia en el inicio del juicio han dejado patente su disponibilidad hacia el tribunal», y añaden que asistir al juicio es un derecho de los acusados.

«Por tanto, el desarrollo del juicio bajo estas condiciones no constituye un privilegio procesal por la calidad o condición de los acusados. Al menos en este tribunal constituye una práctica habitual en juicios complejos y cuya celebración se desarrolla en una pluralidad de sesiones», y también descartan que supusiera un trato de favor permitir que los acusados que no viven en España intervinieran por videoconferencia en el último turno de palabra.

LA ACUSACIÓN PAGARÁ PARTE DE LAS COSTAS Los magistrados han descartado los argumentos de la defensa que sostenían que la justicia española no tenía jurisdicción para llevar el caso, sino que correspondía a los tribunales brasileños, y también han descartado que los mismos hechos ya se hubieran juzgado en el primer ‘caso Neymar’, que se saldó con un acuerdo con el que el FC Barcelona aceptó una condena de una multa de 5,5 millones de euros por defraudar a Hacienda con la contratación del jugador.

La sentencia resuelve que el grupo Dis sí estaba legitimado para ejercer de acusación particular en la causa, a diferencia de lo que sostenían las defensas, pero el tribunal les condena a pagar parte de las costas del juicio –una decisión que pueden recurrir– ante la «inconsistencia, al menos parcial, de los fundamentos de la acusación de Dis y Faap».

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