La Audiencia Nacional celebrará este martes la vista de extradición de un hombre de nacionalidad india reclamado por el país asiático por presuntamente formar parte de un grupo que en 2015 intentó asesinar a dos líderes religiosos mediante la colocación de una bomba en las celebraciones del festival de música sagrada ‘Hari Vallabh Sammelan’, que se iba a celebrar en la ciudad de Jalandhar, en el estado indio de Punyab.
El escrito del Ministerio Fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, señala que procede la entrega del ciudadano indio Mehenga Singh, que fue detenido en cumplimiento de una orden internacional de detención emitida por las autoridades judiciales de India en enero de 2022.
Mehenga Singh, que no ha aceptado la entrega a su país de origen, ha permanecido en libertad provisional con la medida cautelar de comparecer periódicamente ante el juzgado y la prohibición de no viajar al extranjero.
MATAR A LÍDERES RELIGIOSOS Según el relato de hechos que recoge el informe del fiscal, Mehenga Singh formaba parte de ese grupo que pretendía matar al actual jefe de la comunidad religiosa Namdari, Satguru Uday Singh, y al suboficial de la líder religiosa Mata Chand Kaur, Sant Jagtar Singh, mediante la explosión de una bomba en diciembre de 2015.
Según consta, Mehenga Singh y otros investigados proporcionaron material explosivo para la fabricación de tres bombas ‘tiffin’ a otros miembros del grupo. De hecho, una de ellas explotó cuando estaba siendo manipulada por uno de los miembros, y provocó la muerte de uno de ellos y heridas a otro.
Los hechos son constitutivos de delitos de conspiración criminal para cometer delito de asesinato, homicidio culposo, provocación de explosión, fabricación y mantenimiento de explosivos con la intención de poner en peligro la vida o las propiedades, comisión de acto terrorista y preparación para comisión de acto terrorista, según contempla el Código Penal de la India.
NO SE APLICARÁ LA PENA DE MUERTE El fiscal apunta que esos delitos se corresponden con los delitos de pertenencia a organización criminal, conspiración para cometer delito de asesinato, tenencia o depósito de sustancias o aparatos explosivos y homicidio imprudente, todos ellos del Código Penal español.
Así, resalta la Fiscalía que se cumple con la doble incriminación –que los hechos estén penados también en España–, y que se sobrepasa el mínimo punitivo para cumplir la extradición –que está fijado en un año–.
No obstante, se advierte de que dado que la India contempla penas para la conspiración para cometer delito de asesinato que van de la reclusión perpetua a la pena de muerte, si se concede la extradición deberá condicionarse a que por parte del país del sur de Asia se preste la garantía previa de que la pena de muerte no será aplicada al mismo. En caso de ser condenado a cadena perpetua, exigen que ésta no sea predeterminada de antemano ni suponga la pena privativa de libertad incondicional e invariable de por vida, y que podrá llegar a ser objeto de revisión.
Fuente: (EUROPA PRESS)