Las defensas de los exmiembros de la Mesa del Parlament Anna Simó, Lluís Corominas, Lluís Guinó y Ramona Barrufet han solicitado su absolución al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) apelando a la inviolabilidad parlamentaria, que consideran que se ha obviado por parte de las acusaciones, y han defendido que ’’se limitaron a permitir el debate parlamentario’’.
Así se ha pronunciado este jueves la abogada Judit Gené –que representa a Corominas, Guinó y Barrufet–, y en el mismo sentido lo ha hecho el abogado Raimon Tomàs –que defiende a Simó– en sus informes finales en el juicio que sigue en el TSJC contra los exmiembros de la Mesa liderada por Carme Forcadell, que se enfrentan a una pena de 20 meses de inhabilitación en un caso por el que ya fueron juzgados condenados en 2020 pero que se vuelve a enjuiciar por orden del Tribunal Supremo (TS) por falta de imparcialidad de dos de los magistrados que formaban la sala.
’’Cuando ustedes decidan condenarlos lo deberán deducir de hechos que no hicieron’’, ha defendido la abogada de Corominas, Guinó y Barrufet, la letrada Judit Gené, que ha subrayado que los exmiembros de la Mesa del Parlament tuvieron una conducta delimitada y concreta, que se limitaba a permitir un debate en sede parlamentaria, ha insistido.
También ha reprochado que la Fiscalía, la Abogacía del Estado y la acusación popular juegan con ventaja porque cuentan con resoluciones del Tribunal Supremo (TS) y del Tribunal Constitucional (TC) sobre esta causa.
’’AUSENCIA DE PRECEDENTES’’ Ha argumentado que hubo un cambio jurisprudencial con respecto a la función de la Mesa, y ha asegurado que sus clientes se basaban en ’’la jurisprudencia anterior y en la ausencia de precedentes’’, por lo que creían se debían limitar a un debate formal de las iniciativas parlamentarias y no entrar en el contenido de las mismas, como la acusación considera que podían hacer.
Además, Gené ha criticado que se esté imputando a sus clientes decisiones que se tomaron por el pleno, según ella, como la ampliación del orden del día en el pleno del 6 y 7 de septiembre o el rechazo de pedir un informe al Consell de Garanties Estatutàries (CGE): ’’Cuando se constituye el pleno, la Mesa ya no actúa’’, ha indicado.
Gené ha afirmado que sus clientes ’’ya han cumplido la pena y cumplirán la pena tres veces’’, ya que en 2020 ya se dictó sentencia, que después fue anulada por el TS, y en referencia a la sentencia que dictará ahora el TSJC tras este juicio, que no será firme porque se podrá recurrir ante el Supremo.
La abogada ha pedido al tribunal que, en caso de no absolver a los acusados, añada en su sentencia la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas por la duración del procedimiento –la causa empezó en 2016– y ha reclamado a los jueces que, en caso de condena, ’’modulen la pena en cada uno de los acusados, no solo el importe de la multa y la duración de la inhabilitación sino también en la extensión de la inhabilitación’’, que puede ser solo para cargos autonómicos o afectar también a municipales, entre otros.
CUMPLIERON EL REGLAMENTO Por su parte, el abogado de Simó, Raimon Tomàs, ha criticado que ’’actuar de manera ajustada al reglamento del Parlament no puede ser una actividad delictiva’’, y considera que así lo hicieron los acusados.
Ha sostenido que los exmiembros de la Mesa no son responsables de los contenido de las iniciativas presentadas por los grupos políticos en la Cámara catalana: ’’Estos señores solo posibilitan un debate respecto a iniciativas parlamentarias de interés público’’, ha subrayado.
El abogado de Simó considera que la sentencia del TC que anula la resolución que da inicio al proceso independentista tras las elecciones del 27 de septiembre ’’inicia una estrategia de impugnación de intervención en el Parlament y eso genera una situación de inseguridad jurídica’’, y ha añadido que en los informes de los letrados de la Cámara no dice que se deban impedir debates.
Tomàs ha defendido que los exmiembros de la Mesa estaban protegidos por la inviolabilidad parlamentaria, y ha asegurado que, teniendo en cuenta la separación de poderes, ’’el TC puede declarar la inconstitucionalidad de un producto legislativo’’, pero no la función esencial del Parlament, que es el debate y votación de iniciaivas.
Fuente: (EUROPA PRESS)