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Puigdemont recurrirá la decisión de Llarena de mantener su procesamiento por desobediencia y malversación

Lucía Panadero

2023-03-21
Archivo
Archivo – El expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont. – Benoit Doppagne – Europa Press

La defensa del expresidente catalán Carles Puigdemont recurrirá la decisión del magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena de mantener su procesamiento por el delito de desobediencia y malversación agravada, tras revisar su caso a raíz de la reforma del Código Penal por la que se eliminó el delito de sedición y se modificó el de malversación.

Fuentes jurídicas han confirmado a Europa Press que el líder independentista huido en Bélgica presentará un recurso de apelación contra el auto por el que este martes el instructor del ’procés’ ha rechazado el recurso de reforma que interpuso y por el que ha ratificado la decisión que adoptó el pasado 12 de enero.

Así las cosas, Puigdemont llevará su caso ante la Sala de lo Penal del Supremo para que revise la voluntad del juez Llarena de procesarle por el delito de desobediencia y por el de malversación agravada.

Fuentes del alto tribunal consultadas por esta agencia de noticias han precisado que en el análisis de dicho recurso no participará ninguno de los seis magistrados que formaron parte del tribunal que juzgó la causa del ’procés’ y que condenó al exvicepresidente de la Generalitat de Cataluña Oriol Junqueras a 13 años de prisión e inhabilitación.

Cabe recordar, sin embargo, que el tribunal del ’procés’ que revisó su sentencia tras la reforma del Código Penal acordó condenar por un delito de desobediencia y por uno de malversación agravada a los líderes independentistas que habían sido condenados por sedición y malversación.

ACUSÓ A LLARENA DE IGNORAR LA REFORMA En su último recurso, el que presentó contra el auto de 12 de enero por el que se confirmó su procesamiento por desobediencia y malversación agravada, Puigdemont pidió a Llarena que anulase la orden de captura que dictó en su contra por dichos delitos al tiempo que le acusó de ’’ignorar’’ la reforma penal aprobada por las Cortes.

En el escrito, al que tuvo acceso Europa Press, su defensa reclamó que, en caso de que no se estimase su recurso –como finalmente ocurrió–, se remitiese al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) una batería de cuestiones prejudiciales. Entre otras, instó a que se preguntase si el Tribunal Supremo era el órgano competente para llevar una causa contra un eurodiputado, como es su caso, que goza de inmunidad como miembro del Parlamento Europeo.

El expresidente aseguró que era víctima de un procedimiento ’ad hoc’ movido por el ’’fumus persecutionis’’ (ánimo persecutorio) que achaca a Llarena. Su defensa sostuvo que ’’ni había cometido un delito de sedición ni ha cometido uno de malversación’’.

Indicó que, en cualquier caso, se reservaba el derecho a, ’’llegado el momento oportuno’’, llevar su caso ante el propio Parlamento Europeo, que tendría que ’’pronunciarse al respecto’’ y cuya decisión sería, a su vez, ’’revisable por el órgano competente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con las consecuencias que ello tendría para la perjudicada credibilidad de la Justicia y de este procedimiento en particular’’.

LLARENA SE RATIFICA Ante el recurso de la defensa de Puigdemont, el juez Llarena se ha ratificado en su decisión de procesarle por los delitos de desobediencia y malversación agravada. El instructor también ha desestimado los recursos de las acusaciones –tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado– al considerar que no corresponde procesar al dirigente por un delito de desórdenes públicos agravados.

En el marco de su resolución, el magistrado ha avanzado que si Puigdemont es detenido en España podría asistir a las reuniones en el Parlamento Europeo ’’siempre que no se hubiera suspendido su inmunidad’’.

El juez ha indicado que, tal y como fija el TJUE, ’’en la hipótesis de que en un futuro los procesados fueran materialmente privados de libertad en España, si se llegara a considerar justificado y eficaz mantener su prisión más allá del tiempo preciso para recibirles declaración, no se excluiría la autorización de asistir a las distintas reuniones parlamentarias’’.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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