Los negociadores del Consejo y del Parlamento Europeo han alcanzado este martes un acuerdo provisional para ampliar la infraestructura de recarga con el despliegue de estaciones de carga de vehículos eléctricos al menos cada 60 kilómetros con una potencia de 400 kilovatios (kW) para 2026 e incrementarla a 600 kW para 2028.
El acuerdo informal, que aún debe ser definitivamente aprobado por los colegisladores, establece objetivos nacionales mínimos obligatorios para el despliegue de combustibles alternativos y contribuir al objetivo de la Unión Europea de reducir las emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55% para 2030.
Su principal meta es ampliar el despliegue de estaciones de carga o reabastecimiento de combustible alternativo para automóviles, camiones e incluso aviones estacionados.
Así, el texto también establece la obligación de tener una estación de carga cada 120 kilómetros para camiones y autobuses, pero estas estaciones deberán estar instaladas en la mitad de las principales carreteras de la UE para 2028 y ofrecer potencias de 1.400 kW a 2.800 kW según la ruta.
El sistema se complementará con dos estaciones de carga para camiones en áreas seguras de estacionamiento a partir de 2028, mientras que las excepciones a este despliegue se aplicarán a las regiones ultraperiféricas, las islas y las carreteras con muy poco tráfico.
Además, los negociadores también acordaron desplegar estaciones de repostaje de hidrógeno a lo largo de la red básica de la Red Transeuropea de Transporte al menos cada 200 km para 2031.
Por su lado, los puertos marítimos que tengan al menos 50 escalas portuarias de grandes buques de pasajeros, o 100 escalas portuarias de buques portacontenedores, deberán proporcionar electricidad en puerto a dichos buques de aquí a 2030.
El acuerdo establece también que los operadores de estaciones de recarga eléctrica y de repostaje de hidrógeno deben garantizar la plena transparencia de los precios, ofrecer un método de pago común ’ad hoc’, como la tarjeta de débito o de crédito, y poner a disposición datos pertinentes, como los relativos a la ubicación, por medios electrónicos, garantizando así que el cliente esté plenamente informado.
Fuente: (EUROPA PRESS)