El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha anulado la autorización que concedió el Gobierno Vasco a la denominación ’Viñedos de Álava’ para comercializar sus vinos con el argumento de que podría causar ’’perjuicios irreparables o de muy difícil reparación’’ a la Denominación de Origen Calificada ’Rioja’.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado 20 de octubre la autorización del Gobierno vasco para la venta de vino bajo la denominación de origen ’Arabako Mahastiak-Viñedos de Álava’. La autorización era transitoria, hasta contar con el visto bueno definitivo de la Comisión Europea.
Esta protección otorgada por el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco fue recurrida por el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Califica ’Rioja’ (DOCa Rioja), que solicitó la suspensión cautelar del permiso, alegando que la nueva Denominación Viñedos de Álava ’’pretende abarcar los mismos tipos de vinos, con las mismas características y procedentes de los mismos viñedos que los amparados por la DOCa Rioja’’, lo que ’’causaría confusión en el consumidor’’ que ’’generará perjuicios irreversibles’’.
Asimismo, argumentó que se generará ’’para la nueva denominación, un aprovechamiento indebido de la reputación de los vinos de la DOCa Rioja, irrogándose un daño irreparable a la imagen de la marca Rioja’’.
En ese sentido, aportó un informe que concluye que ’’los perjuicios que ocasiona el reconocimiento de la nueva denominación, por muy transitorio que sea’’ el permiso concedido por Gobierno Vasco, es irreversible e irreparable, dado que no hay forma de retrotraer sus efectos en el tiempo ni de compensación en un futuro’’, pues la sentencia ’’llegará tarde, cuando la intervención pública anticompetitiva haya desplegado sus efectos negativos en el mercado y no haya forma de compensar el perjuicio al interés general’’.
Por parte de la Administración vasca se argumentó que ’’la comercialización de vinos con la nueva denominación de origen no podría rebasar las fronteras nacionales, con lo que los perjuicios se relativizan’’. Además, mantiene que ’’no existe competencia desleal con los vinos de Rioja, ni se crea confusión en los consumidores por la convivencia entre ambas denominaciones, ni existe la evocación o la apariencia de procedencia común, ni se produce un aprovechamiento indebido de la reputación de los vinos de la DOCa Rioja, pues son evidentes y sustanciales los elementos diferenciadores entre ambas figuras’’.
La nueva denominación, según la Administración vasca, quiere ’’diferenciar los vinos de la zona del Territorio Histórico de Álava y ofrecer a los consumidores una información clara y precisa sobre el origen de los vinos, sin intención de aprovecharse del nombre o la reputación de la DOCa Rioja’’. En ese sentido, remarca que ’’la similitud semántica entre denominaciones es nula’’.
’’ELEVADO RIESGO DE CONFUSIÓN’’ La autorización a la Denominación Viñedos de Álava ha sido paralizada de forma cautelar por el TSJPV con el argumento del ’’elevado riesgo de confusión que se causaría al consumidor al permitirse la comercialización de vino bajo la nueva denominación, pues se ofrecerían dos vinos bajo denominaciones de origen protegidas diferentes pero en los que son coincidentes la zona geográfica, incluso de parcelas colindantes, las categorías de vino, sistemas de conducción, densidad de plantación y prácticas enológicas’’.
A entender del TSJPV, esto causaría un ’’perjuicio reputacional y económico’’ a la DOCa Rioja, ’’reconocida hace más de 97 años y que comprende 14.139 viticultores y 570 bodegas embotelladoras, que sería irreversible o, cuando menos, de muy difícil reparación, sin que frente a tales perjuicios se erija un interés relevante que se oponga a la suspensión solicitada’’.
Fuente: (EUROPA PRESS)