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Llarena pide a Fiscalía y Abogacía que se pronuncien sobre si procede reactivar la orden de detención contra Ponsatí

Diego Montero

2023-04-24
Archivo
Archivo – Detalle de la fachada del Tribunal Supremo – EUROPA PRESS

El instructor del ’procés’, el magistrado Pablo Llarena, ha dado traslado a la Fiscalía y a la Abogacía del Estado para que se pronuncien sobre la posibilidad de reactivar la orden de detención nacional contra la ex consejera y eurodiputada Clara Ponsatí, después de que no haya acudido a su cita de este lunes a las 11.00 horas en el Tribunal Supremo (TS), justificando su ausencia en que este 24 de abril tenía trabajo en el Parlamento Europeo.

En una resolución dictada este mismo lunes, el magistrado de Tribunal Supremo señala que, ’’considerando lo dispuesto en el artículo 487 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM)’’, debe oírse a la Fiscalía, a la Abogacía del Estado y a la representación de la acusación popular –ejercida por Vox–, para lo que les da un plazo de cinco días.

El artículo 487 de la LECRIM establece que, ’’si el citado, con arreglo a lo prevenido en el artículo anterior, no compareciere ni justificare causa legítima que se lo impida, la orden de comparecencia podrá convertirse en orden de detención’’.

Además, Llarena da esos mismos cinco días a Ponsatí para que ’’aporte justificación documental de haber presentado la demanda de amparo que aduce’’ haber presentado ante la Eurocámara el pasado 28 de marzo, y que ha esgrimido, entre otras razones, para no acudir este lunes al Supremo.

El magistrado citó a Ponsatí después de que el 28 de marzo se presentara en Barcelona desoyendo su obligación de comparecer ante el Supremo para que Llarena pudiera comunicarle su procesamiento, tomarle declaración y continuar así con el procedimiento penal, paralizado hasta entonces por encontrarse prófuga en Bruselas.

Ese día, tras ser detenida por los Mossos d’Esquadra y llevada ante un juzgado de guardia de Barcelona, en virtud de la orden de detención nacional que tenía vigente, Llarena acordó dejarla en libertad y citarla para este lunes.

Llegadas las 11.00 horas no ha comparecido, algo que su defensa ya había avanzado en un escrito presentado poco antes en el que alega ’’el hecho notorio’’ de que las comisiones de Industria, Investigación y Energía y la de Asuntos Económicos y Monetarios del Parlamento Europeo, de las que Ponsatí es miembro, tienen sesiones convocadas hoy en Bruselas, algo ’’incompatible con cualquier compromiso de cualquier índole a cientos de kilómetros de Bruselas’’.

LAS RAZONES DE PONSATÍ Ponsatí es miembro titular de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (ITRE), que tiene reunión esta tarde a partir de las 15.00 horas, y miembro suplente de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (ECON), que retoma su actividad tras la sesión plenaria de la semana pasada este lunes a partir de la misma hora.

En el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, su defensa insiste además en que, ’’una vez iniciado el procedimiento de amparo de los privilegios e inmunidades’’ de Ponsatí, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ’’obliga al magistrado instructor a suspender el procedimiento judicial, de conformidad con el principio de cooperación leal’’, y, en consecuencia, a ’’dejar sin efecto la citación’’.

A ello la defensa suma que ’’están pendientes de resolución diversos recursos que corroboran la ilegalidad del presente procedimiento, la vulneración de distintos derechos fundamentales y que acreditan que ni el magistrado instructor ni la de esta Sala de lo Penal del TS son el tribunal establecido previamente por la ley’’.

Su abogado, Gonzalo Boye, había anunciado esta misma mañana en TV3 que Ponsatí no se presentaría en el Tribunal Supremo. ’’No sé si está de camino a Bruselas o ya está allí’’, ha dicho. La propia eurodiputada ha publicado minutos después un ’tweet’ con unas imágenes en el que dice: ’’Llueve en Flandes’’.

BENEFICIADA POR LA REFORMA PENAL El horizonte penal de Ponsatí se despejó tras la entrada en vigor el pasado 12 de enero de la reforma penal que derogó la sedición y modificó la malversación, obligando a Llarena a revisar el procesamiento de los huidos del ’procés’.

Hasta ese momento, la ex consejera estaba procesada por sedición, por lo que la desaparición de este delito –penado con entre 10 y 15 años de cárcel e inhabilitación– propició que Llarena lo sustituyera por el de desobediencia, castigado con multa de 3 a 12 meses e inhabilitación de 6 meses a 2 años.

Aunque tanto Fiscalía como Abogacía del Estado solicitaron al instructor que sumara el nuevo delito de desórdenes públicos agravados, con penas de 3 a 5 años de cárcel y 6 a 8 de inhabilitación, Llarena lo rechazó.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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