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El TS concluye sin acuerdo su primera sesión para fijar cómo aplicar la ’ley del solo sí es sí’ a las condenas firmes

Lucía Panadero

2023-06-06
Archivo
Archivo – Detalle de la fachada del Tribunal Supremo – EUROPA PRESS

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha concluido sin acuerdo su primera sesión para fijar criterio sobre cómo aplicar la ley del ’solo sí es sí’ a las condenas firmes, por lo que la deliberación continuará el miércoles, tal y como estaba previsto, según han informado fuentes jurídicas a Europa Press.

La sesión, que ha comenzado sobre las 10.00 horas, ha acabado cerca de las 14.30 sin que los quince magistrados, incluido el presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, hayan logrado ’fumata blanca’.

Hasta ahora, los tribunales han oscilado entre aplicar rebajas automáticas o mantener las penas antiguas allí donde ha sido posible. En términos técnicos, el debate jurídico se sitúa entre el artículo 2.2 del Código Penal (CP), que recoge el principio de retroactividad penal a favor de reo, y la disposición transitoria quinta del CP, que aboga por mantener las penas antiguas cuando sean imponibles con la nueva ley.

Las fuentes consultadas por Europa Press subrayan que se trata de un debate jurídico de larga data donde parte de la doctrina defiende que la citada disposición, incluida en el CP de 1995 –el llamado Código Penal de la democracia–, aunque se ha recogido en reformas posteriores, ha agotado su vigencia porque se pensó para un momento concreto, de transición entre códigos, a fin de evitar la revisión de miles de condenas.

No obstante, el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, apostó por esta vía al indicar a los miembros del Ministerio Público que, ’’como regla general, no procederá la revisión de las condenas firmes cuando la pena impuesta también sea susceptible de imponerse con arreglo al nuevo marco legal’’, detallando que solo procedería revisar ’’cuando la pena efectivamente impuesta exceda en abstracto de la que correspondería imponer’’ con el ’solo sí es sí’.

UNA TREINTENA DE RECURSOS En este Pleno monográfico de dos días, el Supremo busca dar respuesta a un total de 29 recursos contra las revisiones de condenas firmes efectuadas por tribunales inferiores tras la entrada en vigor de la ley del ’solo sí es sí’ el pasado 7 de octubre.

Se trata de 22 recursos presentados por los propios condenados, algunos porque no han visto reducida su pena y otros porque consideran que la rebaja ha sido insuficiente, y 7 por la Fiscalía. Además, en 16 de los casos estudiados las víctimas son menores de edad.

Así, el Supremo analiza por primera vez si los tribunales inferiores han revisado correctamente las sentencias firmes tras el ’solo sí es sí’. Hasta ahora, el TS se había pronunciado solamente en recursos de casación. En concreto, ha alumbrado ya 75 fallos, manteniendo las penas impuestas en 47 y ordenando reducciones en 28.

La primera vez que el Supremo se manifestó sobre la nueva ley fue con el denominado ’caso Arandina’. Entonces, la Sala Segunda aclaró en un nota de prensa que ’’podrá aplicarse en beneficio del reo cuando se fije ahora una pena inferior en aquellos supuestos en los que así proceda, pero analizando caso por caso, no de forma global’’.

Según los datos recabados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a 1 de mayo, entre el TS, los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) y las audiencias provinciales se habían efectuado 2.301 revisiones de condena, de las que resultaron 1.079 rebajas de pena y 108 excarcelaciones.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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